Nuevo copago farmacéutico 2026: ¿cuánto pagas y cuándo te devuelven?
Qué cambió con el Real Decreto-ley 11/2026, cuánto pagas por tus medicamentos según tu renta, cómo comprobar tu tramo y cuándo te devuelven lo pagado de más.
En resumen
- El Real Decreto-ley 11/2026, en vigor desde el 14 de mayo de 2026, pasa de tres a seis tramos de renta para trabajadores en activo y añade topes mensuales para rentas inferiores a 35.000 euros.
- Los pensionistas siguen pagando en general el 10 %, con topes de 8,23, 13,37, 18,52 o 61,75 euros al mes según su renta.
- Tu tramo lo asigna el INSS y puedes verlo en la app o la carpeta de salud de tu comunidad, en la farmacia o en tu centro de salud.
- Lo que pagues por encima de tu tope te lo devuelve tu comunidad autónoma; si compras fuera de ella, puede que tengas que pedirlo tú.
Con el nuevo copago farmacéutico, lo que pagas por tus medicamentos con receta del Sistema Nacional de Salud depende de si eres trabajador en activo o pensionista y de tu renta, y en muchos casos tiene un límite mensual. Si en un mes pagas más de ese tope, la diferencia te la tiene que devolver tu comunidad autónoma.
Si tomas medicación crónica, entender tu tramo te ayuda a prever el gasto y a comprobar que te cobran lo correcto. Aquí tienes las cifras de la norma y los pasos para revisarlo.
| ¿Qué encontrarás en este artículo? |
¿Qué ha cambiado con el Real Decreto-ley 11/2026?
La reforma, publicada en el BOE el 13 de mayo de 2026 y en vigor desde el día siguiente, hace el copago más progresivo. Los trabajadores en activo pasan de tres a seis tramos, con topes mensuales por primera vez para las rentas bajas y medias, y los pensionistas pasan de tres a cuatro tramos.
- La renta que cuenta es la base liquidable general y del ahorro de tu declaración del IRPF.
- Los medicamentos de los grupos de aportación reducida (muchos para enfermedades crónicas) siguen con un 10 % y un máximo de 4,98 euros. Un real decreto-ley posterior, de 26 de mayo de 2026, aclaró que ese máximo es por envase.
- Siguen exentos, entre otros, quienes cobran una pensión no contributiva o el ingreso mínimo vital, los parados que han perdido el subsidio y los pensionistas con complemento a mínimos.
- Los mutualistas de MUFACE, ISFAS y MUGEJU mantienen en general el 30 %.
Si quieres repasar qué es el copago desde el principio, lee qué es el copago farmacéutico.
¿Cuánto pagas según tu renta y tu situación?
Pagas un porcentaje del precio de venta al público de cada medicamento financiado, que va del 10 % al 60 %, y en varios tramos ese gasto tiene un límite al mes. Estas son las cifras del artículo 102 de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos tras la reforma:
| Situación y renta anual | Porcentaje | Tope mensual |
|---|---|---|
| Activo, menos de 9.000 € | 40 % | 8,23 € |
| Activo, de 9.000 a 17.999 € | 40 % | 18,52 € |
| Activo, de 18.000 a 34.999 € | 45 % | 61,75 € |
| Activo, de 35.000 a 59.999 € | 45 % | Sin tope |
| Activo, de 60.000 a 99.999 € | 50 % | Sin tope |
| Activo, 100.000 € o más | 60 % | Sin tope |
| Pensionista, menos de 18.000 € | 10 % | 8,23 € |
| Pensionista, de 18.000 a 59.999 € | 10 % | 13,37 € |
| Pensionista, de 60.000 a 99.999 € | 10 % | 18,52 € |
| Pensionista, 100.000 € o más | 60 % | 61,75 € |
Para calcular cuánto te supone al mes y cómo reducirlo, tienes nuestra guía sobre cuánto cuesta tu medicación.
¿Cómo sabes qué tramo te corresponde?
Tu nivel de aportación lo asigna el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con los datos de renta, y se registra en tu tarjeta sanitaria con un código (TSI). No tienes que presentar ningún documento para acreditar tu renta.
- En la app o la carpeta de salud de tu comunidad: muchas muestran tu porcentaje y tu tope mensual en los datos administrativos.
- En la parte superior de tu hoja o informe de tratamientos de la receta electrónica, en algunas comunidades.
- En la farmacia, al presentar la tarjeta sanitaria, o en el servicio de atención al usuario de tu centro de salud.
Un detalle importante: según la Comunidad de Madrid, aplicar los nuevos porcentajes a cada persona requiere que el INSS reasigne los códigos de aportación, algo que suele hacerse una vez al año, entre octubre y diciembre, y que en 2026 se hará con los datos de renta de 2025. Hasta entonces, se mantienen de forma transitoria los porcentajes y topes anteriores. Por eso conviene que revises tu tramo a final de año. Puedes consultarlo junto a tus tratamientos como explicamos en receta electrónica en el móvil.
¿Cuándo te corresponde un reintegro y cómo se pide?
La ley establece que lo que pagues por encima de tu tope mensual te lo devuelve tu comunidad autónoma, como máximo cada seis meses. En la práctica, en muchas comunidades el sistema de receta electrónica aplica el límite automáticamente en la farmacia, así que normalmente no tienes que hacer nada.
Sí puede que tengas que pedirlo tú en estos casos:
- Si recoges medicación en una farmacia de otra comunidad: allí no se aplican tus topes y pagas el porcentaje completo. Al volver, puedes solicitar la devolución de lo que supere tu tope.
- Si te han cobrado de forma inadecuada, por ejemplo con un tramo que no te corresponde.
La solicitud suele hacerse en la sede electrónica del servicio de salud de tu comunidad, adjuntando los tiques de compra. Guarda siempre los tiques de la farmacia. Si crees que tu tramo es incorrecto, pregunta primero en tu farmacia o en atención al usuario de tu centro de salud. Si tienes reconocida una discapacidad, revisa también si te corresponde alguna exención.
Un ejemplo práctico: Luis y su verano en otra comunidad
Pongamos el caso de Luis, 59 años, técnico de mantenimiento en activo, con una renta de 28.000 euros, hipertensión, diabetes tipo 2 y colesterol. Antes de la reforma pagaba el 50 % sin tope. Con la nueva norma, cuando su tramo esté actualizado, pagará el 45 % con un tope de 61,75 euros al mes.
- Si en un mes sus medicamentos (no de aportación reducida) suman 150 euros de precio, el 45 % serían 67,50 euros, pero con el tope pagará como máximo 61,75 euros.
- En agosto recoge su medicación en una farmacia de la comunidad donde veranea y allí no se aplica su tope. Guarda los tiques y, al volver, pide el reintegro en la sede electrónica de su servicio de salud.
- En diciembre revisa en la app de salud de su comunidad que ya figura con su nuevo tramo.
Las cifras son solo un ejemplo para entender el cálculo.
¿Cómo puede ayudarte IMA Health?
El copago lo fija la normativa estatal según tu situación y tu renta. Lo que sí puede ayudarte es tener la medicación bien organizada para no quedarte sin ella ni acumular cajas. Con IMA Health, una farmacia especializada prepara tu medicación por día y hora de cada toma, IMA coordina con la farmacia, te la entrega en casa y hace un seguimiento personalizado de tu tratamiento.
Fuentes
- BOE: Real Decreto-ley 11/2026, de 12 de mayo, aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica ambulatoria
- BOE: Ley de garantías y uso racional de los medicamentos, texto consolidado (artículo 102)
- Comunidad de Madrid: ¿Cuánto tengo que pagar por mis medicamentos?
- Generalitat Valenciana: Aportación farmacéutica estatal
Este artículo es informativo y no sustituye el consejo de tu médico o farmacéutico.